martes, 20 de julio de 2010

La discriminación desde el Estado y la objeción de conciencia

Esta noche en el programa de Jorge Lanata el encargado del Registro Civil de Concordia, Entre Ríos, manifestó que se abstendrá de oficiar en matrimonios homosexuales argumentando objeción de conciencia. En su defensa destacó que esto no traerá mayores dificultades, ya que en su ausencia el suplente a su cargo estará en condiciones de llevar a cabo el trámite pertinente.
Un empleado público es esclavo de la ley y mientras la misma no determine un daño en particular para alguna persona, su trabajo y obligación es cumplirla al pie de la letra. Muchos de los que defendemos un ideario político tendríamos graves problemas ideológicos al ser agentes cumplidores de la ley, por lo que nos queda el ámbito privado para desarrollarnos (si no queremos problemas de conciencia) o el acceso a un cargo legislativo para cambiar desde adentro las leyes que no compartimos. El caso del funcionario que se niega a cumplir con la nueva ley del matrimonio para todos es sin dudas un ejemplo del único caso de discriminación posible: la discriminación desde el Estado.
Por más que se puedan implementar medidas contra un propietario de un boliche que no deja entrar a alguien por su vestimenta o por una característica física, la verdad que es imposible legislar en contra del prejuicio. Es más, hay hasta respaldo Constitucional para una persona que decida no alquilarle su salón de fiestas a una pareja gay que quiera festejar su casamiento. Por más repugnante que suene la idea de una actitud semejante, lo cierto es que a ese hipotético personaje lo respaldarían los artículos más importantes de nuestra Carta Magna y una sociedad libre así lo debe permitir.
Ahora, que un funcionario público que manifieste su preferencia por un tipo de unión al punto de negarse a realizar las otras, no sólo despierta en la mayoría de la sociedad este sentimiento antipático, sino que además desde su puesto no tiene el derecho de hacerlo. Esta persona percibe un salario proveniente de los impuestos de la sociedad toda, inclusive de las personas a las que se niega a celebrarles el matrimonio. Esta es la diferencia entre la verdadera y tangible discriminación, la del Estado, la que podemos prohibir, legislar, perseguir y terminar, con respecto a la que sólo puede indignarnos en lo personal, la privada.
Si en lugar de modificar el Código Civil se hubiera apartado al Estado del casamiento, el mismo se celebraría en forma privada, por agentes y contratos privados, donde sí, cada uno podría decidir a quienes une y a quienes no, de la misma manera que una persona puede decidir a quien le alquila un departamento, con quien cierra tratos comerciales, con quien se pone en pareja y con quienes arma su grupo social. Si bien esta ley trajo algo más de justicia y de igualdad de oportunidades, hubiera sido un paso superador la privatización del matrimonio. Mientras esa idea no forme parte de la agenda política, los funcionarios (empleados) públicos que se nieguen a cumplir la nueva ley no deberían permanecer en su puesto en representación del Estado Nacional financiado por todos nosotros.